La institución del Cabildo (actualmente Concejo) fue traída a América por los españoles en La Colonia e implantada para el gobierno de los territorios colonizados (junto con el poder ejecutivo encabezado por el Virrey y el judicial por la Real Audiencia).

En principio, en España, todos los vecinos de la localidad podían aspirar a cargos en el cabildo sin distinción social. Luego se dejó este derecho a los propietarios de caballos y armas. Para evitar excesos, se señalaba un año de duración de los cargos.

La fuerte intervención de los reyes en dicha institución, su dictadura y arbitrariedad, el absolutismo y despotismo monárquico, el menosprecio de la provincia, más la anarquía y ambiciones en que cayeron los Concejos llevó a la decadencia de estos a mediados del siglo XIII.  Es entonces cuando, se crea el Regimiento, nombrado por la Corona con todas las atribuciones que antes tenía el pueblo: elegir sus magistrados, intervenir en los negocios del común, nombrar los jefes de las milicias, asignar sus representantes en las Cortes; se perpetuó el oficio del regidor diezmando la democracia local.

En el momento de la Conquista las municipalidades habían caído en decadencia. Inicia la época de los Concejos cerrados, con un número de miembros que variaba de un municipio a otro, con cargos vitalicios y elección mediante sufragio o nombramiento real con veedores y corregidores reales. El Cabildo fue la base de toda organización municipal española.

Los cabildos se conformaban dependiento del tamaño y movimiento de las poblaciones, es decir más grande o mas pequeño.

El cabildo ha tenido transformaciones en cuanto a sus funciones, los participantes; pero la verdadera transformación de este órgano vino en el siglo 19. Estos no siempre tuvieron tuvieron esa responsibilidad exclusiva en lo local, sino que también era regional.

Pero fue en el siglo 19 después de toda una evolución, especialmente con la creación del Estado Soberano de Bolívar y la aparición de la participación popular. Es cuando los cabildos evolucionan hacia lo que hoy conocemos.

Con las sucesivas constituciones, pero fundamentalmente con la constitución de 1886 que divide los tres poderes públicos, es cuando los concejos asumen la labor del legislativo en lo local.

El Concejo de Cartagena
No existe un registro donde haya quedado plasmado el inició el concejo de Cartagena, ni existe una fecha determinada registrada. Fue producto de la evolución del sistema político.

El primitivo cabildo se forma con 12 cabildantes. De los cuales 8 eran nombrados por la corona española y cuatro eran cargos comprados.

Los registros más antiguos que se tienen del Concejo de Cartagena como tal es de 1889, es un libro de acuerdos municipales, donde esta el presupuesto de ese año. Presidente de ese entonces Manuel H. Pájaro y el secretario Pedro M. Martínez.

El doctor Manuel H. Pájaro fue un afamado médico cartagenero. Cuando en 1875 inició los estudios profesionales de medicina, tuvo como sus profesores a los médicos, Rafael Calvo, José Manuel Vega y Manuel D. Montenegro. Luego de recibir su diploma en medicina y cirugía, fue nombrado profesor en la Escuela de Medicina de Cartagena. Fue miembro fundador de la Sociedad de Medicina y Ciencias Naturales de Bolívar y de la Academia de Historia. Ocupó una curul en el Concejo de Cartagena y lo presidió desde 1888 hasta 1891. También fue diputado en la Asamblea del Estado Soberano de Bolívar desde 1884 y le correspondió presidir la misma corporación cuando ésta tenía carácter departamental en 1903. En 1904 fue elegido representante primer suplente del Congreso de la República. En 1910, el poder ejecutivo nacional lo nombró director general de instrucción pública del departamento de Bolívar, desde donde, entre otras iniciativas, ideó la de dar el nombre permanente de Universidad de Cartagena al antiguo Colegio del Estado. Ocupó la presidencia honoraria del Tercer Congreso Médico Nacional, celebrado en Cartagena en 1918, evento en el que se destacó por su intervención en la defensa de las condiciones sanitarias del puerto, evidenciando una postura más política que científica

En ese libro se registra el acuerdo número 23 de 1889 donde se asignaba el presupuesto de gastos para el año de 1890,  el cual tenia asignado rentas por  32.890 y gastos 35.404. Además de  acuerdos municipales relacionados con la reparación y mejoramiento de las aceras de la ciudad.

En ese entonces, el sueldo del secretario del Concejo era de $ 600 pesos, el del personero era de  $ 300.

Bibliografia
Restrepo, 1989, pp. 25-39

Moisés Alvarez-Archivo Histórico